La CNMV abre el primer expediente sancionador por publicidad masiva de criptoactivos

La empresa gallega MIOLO DESARROLLOS, del «influencer» financiero Uxío Fraga, podría haber incurrido en varias infracciones graves de la Ley del Mercado de Valores, según la CNMV

En la imagen una moneda de Euro físico, que cada vez cuesta más ganarlo y se esfuma más rápido – (C) Foto: David Laguillo-CANTABRIA DIARIO

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha acordado incoar expediente sancionador a MIOLO DESARROLLOS, S.L., por la posible comisión de varias infracciones sobre publicidad de criptomonedas, en relación con dos campañas publicitarias masivas realizadas en septiembre y noviembre de 2022.

La CNMV considera que la empresa, propiedad del «influencer» sobre Bitcoin y otros activos criptográficos Uxío Fraga, podría haber cometido dos infracciones graves tipificadas en el artículo 292.4 de la Ley del Mercado de Valores por el incumplimiento de las medidas de control administrativo de la publicidad de criptomonedas relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión, por no incorporar la información y advertencias sobre los riesgos de criptoactivos, y dos infracciones graves tipificadas en el artículo 292.4 de la LMV, en relación con el artículo 240 bis, ambos del mismo texto legal, por el incumplimiento de las medidas de control administrativo de la publicidad
de criptomonedas establecidas en la Norma 7 de la Circular 1/2022, por no presentar comunicación previa.

La CNMV recuerda que la comunicación del expediente sancionador «no prejuzga» y el expedientado «cuenta con todos los medios que el ordenamiento jurídico le confiere para la defensa de sus derechos».

Este es el primer expediente sancionador que se abre por incumplimiento de la citada circular que regula la publicidad de criptoactivos. Es, por tanto, la primera vez que la CNMV informa de la apertura de un expediente en esta materia para recordar la necesidad de ‘seguir y respetar los preceptos que recoge el citado texto’.

«Aunque el cumplimiento de su contenido ha sido la norma general y el sector ha respondido satisfactoriamente a su aprobación, es especialmente importante recordar la necesidad de informar a los inversores sobre los riesgos asociados a estos productos, así como seguir los procedimientos de control y supervisión de su publicidad que la circular establece», asegura la CNMV.