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Más de 17.000 familias cántabras podrán seguir optando al bono social eléctrico en 2026

David Laguillo 22 de enero de 2026 5 minutes read
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Cantabria Diario – Periódico de Cantabria, Diario de Cantabria, noticias de Cantabria

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Este año supondrá un descuento en la factura de la luz de hasta el 57,5% para los hogares con vulnerabilidad severa, que son más de la mitad de los beneficiarios cántabros

Santander, 22 de enero de 2026.-

Más de 17.000 familias de Cantabria podrán seguir optando durante este año 2026 al bono social eléctrico, una de las medidas de protección para consumidores de hogares en situación de vulnerabilidad impulsadas por el Gobierno de España.

En concreto, 17.141 hogares de la comunidad autónoma obtuvieron esta ayuda en diciembre de 2025 y pueden seguir siendo beneficiarios de la misma durante este nuevo año, una vez que el Consejo de Ministros aprobó hace unas semanas extender esta medida de protección para los consumidores domésticos vulnerables.

Del total de hogares con bono social eléctrico al cierre del pasado año, 3.877 eran familias numerosas, 736 pensionistas con pensión mínima y 449 beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Mientras que los 12.079 restantes fueron núcleos de convivencia que se ajustaban a los criterios de renta de esta ayuda.

Junto a la extensión de esta medida, el Gobierno de España también ha prorrogado la garantía de los suministros básicos, por lo que se mantiene la prohibición de interrumpir el servicio de energía y agua a consumidores considerados vulnerables, vigente desde 2021.

El bono social eléctrico se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de este año y establece el descuento en la factura de la luz del 42,5% para los consumidores vulnerables y del 57,5% para aquellos en situación de vulnerabilidad severa. En Cantabria, el 52% de las personas beneficiarias se encuentran en este segundo caso.

En 2025, el número de personas que tuvieron acceso al bono social eléctrico en España superó los 1,7 millones, según las estadísticas del Ministerio. Por esta razón, el Ejecutivo considera necesario extender los descuentos hasta la puesta en marcha de la nueva Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética, que cubrirá el período 2026-2030.

Trámites para solicitarlo

El bono social es un mecanismo que se viene aplicando desde 2009, cuyo objetivo es proteger a los consumidores vulnerables y aquellos colectivos especialmente afectados por los precios energéticos. El bono social tiene dos configuraciones, en primer lugar, el bono social eléctrico y, en segundo lugar, el bono social térmico.

El bono social debe solicitarse ante un Comercializador de Referencia (COR). La solicitud tiene que enviarse a través de una oficina (en el caso de que existan), por teléfono, por fax, a través de la dirección de correo electrónico del COR o por correo postal, como se detalla en la página habilitada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El bono social térmico es un programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en lo que respecta a la energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina. Es una transferencia anual financiada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.

La cuantía de la ayuda depende de la zona climática donde se ubica la residencia del consumidor vulnerable, del grado de vulnerabilidad y de la aportación opcional de la comunidad autónoma donde se encuentra la residencia. La gestión y el pago de la ayuda corresponde a las comunidades autónomas.

Para ser beneficiario del bono social térmico en un año solo es necesario ser beneficiario del bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, por lo que no es necesario solicitarlo.

Requisitos de los solicitantes

La condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social viene definida en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 897/2017.

En términos generales, se considera consumidor vulnerable a la persona titular de un punto de suministro de electricidad en su vivienda habitual que está acogida al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) y cumple alguno de estos requisitos:

  1. Que la renta conjunta anual de la unidad de convivencia sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (incrementando el multiplicador de renta respecto al IPREM un 0,3 por cada miembro adicional y 0,5 por cada menor de edad).
  2. Poseer el título de familia numerosa.
  3. Ser pensionista por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión.
  4. Que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

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Acerca del autor

David Laguillo

Administrator

David Laguillo (Torrelavega, 1975) es un periodista, escritor y fotógrafo español. Desde hace años ha publicado en medios de comunicación de ámbito nacional y local, tanto en publicaciones generalistas como especializadas. Como fotógrafo también ha ilustrado libros y artículos periodísticos. Más información en https://davidlaguillo.com/biografia/

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