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Miles de comunidades de vecinos sufren las molestias y los problemas generados por estos pisos turísticos, un turbio modelo de negocio que además incrementa los precios de la vivienda en las zonas tensionadas

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado las acciones del Gobierno para poner freno a los desmanes de los nuevos negocios disruptivos digitales, que en el caso de la vivienda ponen en riesgo el acceso a un bien básico.
Al desestimar el recurso de la tecnológica Airbnb, se avala la eliminación de miles de anuncios de pisos turísticos ilegales ubicados en Andalucía, Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares y País Vasco, zonas todas ellas con carísimos precios de alquiler para fijo, subida de precios en buena parte auspiciada por estos nuevos modelos de negocio digitales.
De esta forma, la filial de Airbnb en Irlanda de Airbnb que es la que gestiona el negocio en Europa – y habría mucho que hablar sobre el modelo de «elusión» fiscal que usan estas plataformas tecnológicas para «escaquear» impuestos del país donde están las viviendas – está obligada a bloquear más de 65.935 anuncios ilegales de viviendas turísticas.
Las Comunidades de Vecinos se rebelan
En muchas comunidades de vecinos sufren las consecuencias de tener uno o varios pisos turísticos en su bloque.
Desde ruido y trasiego de maletas a cualquier hora del día, incluso de madrugada si los viajeros llegan tarde, hasta llamadas a los timbres equivocados y las fiestas continuas de los turistas, hay comunidades de propietarios que han tomado medidas para proteger su tranquilidad y su calidad de vida frente al polémico modelo de negocio de Airbnb y otras empresas.
Los vecinos pueden aprobar la prohibición total de este tipo de pisos turísticos en su bloque de viviendas residenciales, mediante la modificación de los estatutos de la Comunidad.
Si el 60% de una junta vecinal vota a favor, podrá prohibir las viviendas turísticas en el edificio e imponer restricciones. Si algún propietario pretende explotar el inmueble bajo la actividad turística tiene que ser autorizado expresamente por la comunidad de propietarios mediante un acuerdo que reúna una mayoría de votos a favor de la actividad de los 3/5 del total de propietarios y cuotas de participación.
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