

Se registraron 2.459 denuncias, en las que figuraban 2.033 mujeres como víctimas de violencia de género
Cantabria registró 67 víctimas por cada 10.000 mujeres, una tasa inferior a la media nacional, de 74
Los casos en los que la víctima se acogió a la dispensa del deber de declarar en el juzgado de violencia sobre la mujer se redujeron un 39 por ciento, y son casi once de cada cien mujeres que figuran como víctimas
Se acordaron 277 órdenes de protección, seis de cada diez peticiones
Santander, 31 de marzo de 2025.-
Los órganos judiciales de Cantabria registraron durante el pasado año 2024 un total de 2.459 denuncias por violencia de género -33 menos que un año antes-, lo que significa que se presentaron una media de casi siete denuncias cada día.
En ellas figuran como víctimas 2.033 mujeres, un 12,6 por ciento menos que en 2023 (2.327).
A nivel nacional, las denuncias se redujeron un 0,09 por ciento y el número de víctimas, un 4,96 por ciento.
La tasa de mujeres víctimas por cada 10.000 mujeres se sitúa en Cantabria en 66,8, inferior a la media nacional, de 74,2.
A la cabeza se encuentran Baleares (118,7), Navarra (102,5) y Canarias (95,1). Las tasas más bajas se dieron en Castilla y León (46,8), Galicia (51,6) y La Rioja (52,4).
Además, de esas 2.033 mujeres que aparecen como víctimas en las denuncias en Cantabria, 218 se acogieron a la dispensa de la obligación de prestar declaración contra el denunciado en el juzgado de violencia, lo que representa un decremento del 39,1 por ciento respecto al número de mujeres que tomaron esa decisión en 2023 (358).
Por otro lado, los jueces y juezas de violencia sobre la mujer de Cantabria acordaron durante el periodo analizado 277 órdenes de protección de las 464 que les fueron solicitadas, es decir, seis de cada diez peticiones. A nivel nacional, el porcentaje de órdenes de protección adoptadas respecto de las incoadas fue del 66 por ciento.
Y los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia -que atienden casos de violencia de género por las tardes y fines de semana, cuando los juzgados especializados no tienen audiencia- acordaron 83 órdenes de protección de las 108 solicitadas, el 77 por ciento.
Entre las medidas judiciales de protección adoptadas, destacan las encaminadas a la protección de los menores: la suspensión del régimen de visitas en 27 ocasiones, la suspensión de la guarda y custodia en 20 ocasiones y la suspensión de la patria potestad en dos ocasiones.
Todos estos datos se desprenden del informe que trimestralmente difunde el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, y que hoy se ha dado a conocer con información relativa a 2024.
603 hombres condenados por violencia de género
El informe del Observatorio revela que el pasado año fueron enjuiciados en Cantabria un total de 769 hombres por violencia de género, de los que 603 obtuvieron sentencia condenatoria (el 78,4 por ciento).
Por tipo de órgano judicial, los de violencia sobre la mujer –que son los que se encargan de instruir todas las causas y celebrar juicio por delitos leves- enjuiciaron a 351 hombres y condenaron a 328, esto es, el 91,9 por ciento.
Y en el Juzgado de lo Penal nº 5 –el encargado de enjuiciar los delitos de violencia sobre la mujer menos graves- fueron enjuiciados 418 hombres, de los que 275 resultaron condenados, con un porcentaje de condenas del 68,8 por ciento.
En la Sección Tercera de la Audiencia Provincial –tribunal que enjuicia los delitos más graves de violencia sobre la mujer- no se celebró ningún juicio de esta materia, y el Juzgado de Menores de Santander tampoco enjuició a ningún menor por este tipo de delitos.
El 59 por ciento de las denuncias las presenta la mujer
De las 2.459 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, el 58,9 por ciento fueron presentadas por la propia víctima; el 18,1 por ciento llegó al órgano judicial a través de servicios asistenciales o terceros en general; el 15,7 por ciento por intervención policial; el 5,8 por ciento por un parte de lesiones remitido al juzgado, y el 1,5 por ciento a través de familiares.
En esas denuncias figuran 2.033 víctimas: 1.370 españolas y 663 extranjeras, además de cuatro menores tutelados.
Además, en 19 de cada cien denuncias, se solicitó la adopción de una orden de protección. En total se pidieron 464 y se acordaron 277, es decir, el 60 por ciento.
Se encuadran en estas cifras las contempladas en el artículo 544 ter -conllevan medidas penales y civiles, y su adopción exige la presencia del presunto agresor-, y también las del artículo 544 bis -precepto que permite al juez adoptar una protección de carácter penal sin necesidad de tomar declaración al denunciado-.
Tales órdenes y medidas de protección y seguridad se tradujeron en 786 medidas judiciales encaminadas a la protección de las víctimas, tanto mujeres como menores. De ellas, 671 eran medidas de carácter penal y 115, de naturaleza civil.
Entre las primeras, las más frecuentes fueron la prohibición de comunicar con la víctima (258), el alejamiento de ella (250), la suspensión de tenencia y uso de armas (112) y la prohibición de volver al lugar de los hechos (39). Además, en otras 5 ocasiones se acordó la salida del domicilio y en 4, la privación de libertad.
Por otro lado, entre las medidas cautelares civiles, cuya finalidad es la protección de la mujer y los menores en tanto se resuelve el proceso penal, además de las ya mencionadas de suspensión del régimen de visitas (27), suspensión de la guarda y custodia (20) y suspensión de patria potestad (2), también se adoptaron medidas sobre prestación de alimentos (36) y sobre atribución de vivienda (29).
Relación entre víctima y denunciado
En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (319) y en otras 144 solicitudes se trataba de mujeres extranjeras. Además, en una de las órdenes solicitadas figura como víctima una española menor de edad.
En cuanto a los hombres denunciados que aparecen en las órdenes de protección pedidas, 325 eran españoles y 139 de fuera de nuestro país.
Al analizar la relación que existía entre denunciante y víctima en el momento de producirse la supuesta agresión, en casi la mitad de los casos se trataba de una relación afectiva rota, en un 22 por ciento la relación afectiva se mantenía, en un 14 por ciento eran matrimonio y en otro 14 por ciento eran excónyuges.
La mayoría, delitos que conllevan de seis meses a un año de prisión
A lo largo del pasado año, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron 2.740 asuntos penales.
De ellos, 835 apenas requirieron instrucción y se llevaron por juicio rápido, 85 fueron delitos leves e ingresaron 5 sumarios y 2 jurados. El resto de asuntos se llevaron por diligencias previas o procedimiento abreviado -los procedimientos de instrucción más habituales-.
Si se analizan los tipos delictivos en los que se encuadran las denuncias presentadas, la mayoría (1.142) responden a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión.
Otros 513 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel.
Además, en 37 ocasiones se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.
También se iniciaron 506 asuntos por quebrantamiento de pena, 242 por quebrantamiento de medidas cautelares, 139 por delito contra la libertad, 42 por delito contra la integridad moral, 20 por delito contra la libertad e indemnidad sexual, 9 contra la intimidad y la propia imagen y 2 contra los derechos familiares.
En cuanto a los procedimientos por delitos leves, 36 lo fueron por vejaciones injustas y 19 por injurias.
Además, las denuncias presentadas ante los juzgados de violencia de género dieron lugar a la apertura de 198 procedimientos civiles, entre los que destacan 72 divorcios, 70 sobre la adopción de medidas de guarda y custodia de hijos de parejas no casadas, 44 sobre modificación de medidas acordadas en sentencia, 2 separaciones, y 6 sobre liquidación del régimen económico matrimonial.
Formas de terminación de las denuncias
Las denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer se instruyen y, como consecuencia de las diligencias practicadas, tienen diferentes formas de terminación.
El 19,6 por ciento de los asuntos concluyó con sentencia en el propio órgano –bien porque se trataba de un delito leve o bien porque, siendo el delito grave, el acusado se conformó con la condena solicitada por el fiscal-.
Por otro lado, el 48,2 por ciento de los procedimientos que se tramitaron finalizó en sobreseimiento, bien libre (el 5 por ciento) o provisional (el 43,2 por ciento).
Hay que tener en cuenta que una gran parte de los casos en los que se produce el sobreseimiento provisional, como también ocurre con las sentencias que son absolutorias, responde a que la denunciante se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo.
En este sentido, cabe señalar que el 41,1 por ciento de las denuncias llegaron al juzgado por vías ajenas a la propia víctima: o por intervención policial, o por denuncia de un familiar, o por un parte de lesiones o por servicios asistenciales y terceros en general.
Elevación al órgano enjuiciador
Finalmente, el 20,6 por ciento de los procedimientos tramitados se elevó al órgano de enjuiciamiento competente –bien al Juzgado de lo Penal nº 5 de Santander o bien a la Audiencia Provincial de Cantabria, en función de la gravedad del delito-.
Durante el periodo analizado, el citado Juzgado de lo Penal nº 5 dictó 418 sentencias, de las que 275 fueron condenatorias –en 166 ocasiones el acusado admitió los hechos y se conformó con la pena- y 143 resultaron absolutorias.
Por su parte, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, la especializada en enjuiciar los asuntos más graves de violencia sobre la mujer, no celebró ningún juicio, y tampoco dictó sentencias de apelación sobre la materia.