Cantabria Diario – Periódico de Cantabria
Los juzgados de violencia sobre la mujer recibieron 614 denuncias en las que figuran como víctimas 517 mujeres
El número de mujeres que se acogieron a la dispensa para no declarar contra el denunciado también se redujo, un 28,6 por ciento
Cantabria registró 17 víctimas por cada 10.000 mujeres, una tasa similar a la media nacional, de 17,5
Se acordaron 67 órdenes de protección, el 58 por ciento de las solicitadas
En 4 ocasiones se acordó la suspensión del régimen de visitas, en 3 la guarda y custodia, y en 2 la patria potestad
Santander, 14 de junio de 2024.-
Los órganos judiciales de Cantabria registraron durante el primer trimestre de este año 2024 un total de 614 denuncias por violencia de género, lo que representa un descenso del 1,8 por ciento respecto al mismo periodo de 2023 (625) y supone casi siete denuncias al día.
En las mismas, figuran como víctimas 517 mujeres, un 11,2 por ciento menos que en 2023 (582).
Además, 55 de esas mujeres se acogieron a la dispensa de la obligación de prestar declaración contra el denunciado en el juzgado de violencia, lo que representa un decremento del 28,6 por ciento en el número de mujeres que tomaron esta decisión.
El descenso en el número denuncias, mujeres víctimas y mujeres que se acogieron a la dispensa es inédito desde hace tres años y está en línea con lo sucedido a nivel nacional, donde las denuncias disminuyeron un 1,2 por ciento, las víctimas un 3,3 por ciento y las renuncias un 16,4 por ciento.
La tasa de mujeres víctimas por cada 10.000 mujeres se sitúa en Cantabria en 17, levemente inferior a la media nacional, de 17,5.
A la cabeza se encuentra Navarra (30,1), Baleares (27,3) y Murcia (24). Las tasas más bajas se dieron en La Rioja (10,6), Castilla y León (12) y Galicia (12,2).
Por otro lado, los jueces y juezas de violencia sobre la mujer de Cantabria acordaron durante el periodo analizado 67 órdenes de protección de las 116 que les fueron solicitadas, es decir, el 58 por ciento de las pedidas. A nivel nacional, el porcentaje de órdenes de protección adoptadas respecto a las incoadas fue del 67 por ciento.
Y los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia -que atienden casos de violencia de género por las tardes y fines de semana, cuando los juzgados especializados no tienen audiencia- acordaron 25 órdenes de protección de las 31 solicitadas, el 81 por ciento.
Entre las medidas judiciales de protección adoptadas, destaca la suspensión del régimen de visitas en 4 ocasiones, la guarda y custodia en 3, y la patria potestad en 2.
Todos estos datos se desprenden del informe que trimestralmente difunde el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, y que hoy se ha dado a conocer con información relativa al primer trimestre de 2024.
132 hombres condenados por violencia de género
El informe del Observatorio revela que a lo largo del pasado año fueron enjuiciados en Cantabria un total de 173 hombres por violencia de género, de los que 132 obtuvieron sentencia condenatoria (el 76,3 por ciento).
Por tipo de órgano judicial, los de violencia sobre la mujer –que son los que se encargan de instruir todas las causas y celebrar juicio por delitos leves- enjuiciaron a 72 hombres y condenaron a 66.
En el Juzgado de lo Penal nº 5 –el encargado de enjuiciar los delitos de violencia sobre la mujer menos graves- fueron enjuiciados 101 hombres, de los que 66 resultaron condenados, con un porcentaje de condenas del 65,4 por ciento.
En la Sección Tercera de la Audiencia Provincial –sala que enjuicia los delitos más graves de violencia sobre la mujer- no se celebró ningún juicio de esta materia, y el Juzgado de Menores de Santander tampoco enjuició a ningún menor por este tipo de delitos.
62 mujeres deciden no declarar contra su agresor
De las 614 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, el 52,5 por ciento fueron presentadas por la propia víctima; el 25,1 por ciento llegó al órgano judicial a través de servicios asistenciales o terceros en general; el 14,3 por ciento por intervención policial; el 6,4 por ciento por un parte de lesiones remitido al juzgado, y el 1,8 por ciento a través de familiares.
De las 517 mujeres que figuran como víctimas en las denuncias presentadas (345 españolas y 172 extranjeras, todas mayores de edad), 55 se acogieron a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Además, en el Juzgado de lo Penal n.º 5 otras 7 mujeres se acogieron durante el juicio oral a la citada dispensa para no declarar en contra del denunciado.
Suspensión de guarda y custodia y del régimen de visitas para proteger a los menores
De enero a marzo de este año, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria acordaron 67 órdenes y medidas de protección y seguridad.
Se encuadran en estas cifras contempladas en el artículo 544 ter -conllevan medidas penales y civiles, y su adopción exige la presencia del presunto agresor-, y también las del artículo 544 bis -precepto que permite al juez adoptar una protección de carácter penal sin necesidad de tomar declaración al denunciado-.
Tales órdenes y medidas de protección y seguridad se tradujeron en 187 medidas judiciales encaminadas a la protección de las víctimas, tanto mujeres como menores. De ellas, 169 eran medidas de carácter penal y 18, de naturaleza civil.
Entre las primeras, las más frecuentes fueron el alejamiento de la víctima (66), la prohibición de comunicación con ella (59) y la suspensión de tenencia y uso de armas (36). Además, en otras 4 ocasiones se prohibió al denunciado volver al lugar de los hechos, en 2 se acordó su salida del domicilio y en 1 se le privó de libertad.
Por otro lado, entre las medidas cautelares civiles, cuya finalidad es la protección de la mujer y los menores en tanto se resuelve el proceso penal, además de las ya mencionadas de suspensión del régimen de visitas (4), suspensión de la guarda y custodia (3) y suspensión de la patria potestad (2), también se adoptaron medidas sobre prestación de alimentos (4) y sobre atribución de vivienda (4).
Relación entre víctima y denunciado
En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (81) y en otras 35 solicitudes se trataba de mujeres extranjeras.
En cuanto a los hombres denunciados que figuran en las órdenes de protección pedidas, 83 eran españoles y 33 de fuera de nuestro país.
Al analizar la relación que existía entre denunciante y víctima en el momento de producirse la supuesta agresión, en la mayoría de las ocasiones (el 53,5 por ciento de los casos) la relación afectiva se había roto, en el 23,3 por ciento de las ocasiones aún existía esa relación, en el 15,6 por ciento se habían separado y en el 7,8 por ciento eran matrimonio.
La mayoría, delitos que conllevan de seis meses a un año de prisión
A lo largo del primer trimestre pasado, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron 691 asuntos penales.
De ellos, 208 apenas requirieron instrucción y se llevaron por juicio rápido, 22 fueron delitos leves e ingresaron dos jurados. El resto de asuntos se llevaron por diligencias previas o procedimiento abreviado -los procedimientos de instrucción más habituales-.
Si se analizan los tipos delictivos en los que se encuadran las denuncias presentadas, la mayoría (227) responden a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión.
Otros 79 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel.
Además, en 6 ocasiones se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.
También se iniciaron 171 asuntos por quebrantamiento de pena, 66 por quebrantamiento de medidas cautelares, 48 por delito contra la libertad, 16 por delito contra la integridad moral, 5 contra la libertad e indemnidad sexual, 3 contra la intimidad y la propia imagen, y 2 contra los derechos familiares.
En cuanto a los procedimientos por delitos leves, 9 lo fueron por injurias y 7 por vejaciones injustas.
Además, las denuncias presentadas ante los juzgados de violencia de género dieron lugar a la apertura de 42 procedimientos civiles, entre los que destacan 18 divorcios, 12 sobre la adopción de medidas de guarda y custodia de hijos de parejas no casadas, 9 sobre modificación de medidas acordadas en sentencia, 1 sobre liquidación del régimen económico matrimonial y 1 sobre separación.
Formas de terminación de las denuncias
Las denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer se instruyen y, como consecuencia de las diligencias practicadas, tienen diferentes formas de terminación.
El 17,3 por ciento de los asuntos concluyó con sentencia en el propio órgano –bien porque se trataba de un delito leve o bien porque, siendo el delito grave, el acusado se conformó con la condena solicitada por el fiscal-.
Por otro lado, el 44,1 por ciento de los procedimientos que se tramitaron finalizó en sobreseimiento, bien libre (el 4,6 por ciento) o provisional (el 39,5 por ciento).
Hay que tener en cuenta que una gran parte de los casos en los que se produce el sobreseimiento provisional, como también ocurre con las sentencias que son absolutorias, responde a que la denunciante se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo.
En este sentido, cabe señalar que el 47,5 por ciento de las denuncias llegaron al juzgado por vías ajenas a la propia víctima: o por intervención policial, o por denuncia de un familiar, o por un parte de lesiones o por servicios asistenciales y terceros en general.
Elevación al órgano enjuiciador
Finalmente, el 19,3 por ciento de los procedimientos tramitados se elevó al órgano de enjuiciamiento competente –bien al Juzgado de lo Penal nº 5 de Santander o bien a la Audiencia Provincial de Cantabria, en función de la gravedad del delito-.
Durante el periodo analizado, el citado Juzgado de lo Penal nº 5 dictó 101 sentencias, de las que 66 fueron condenatorias –en 43 ocasiones el acusado admitió los hechos y se conformó con la pena- y 35 resultaron absolutorias.
Por su parte, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, la especializada en enjuiciar los asuntos más graves de violencia sobre la mujer, no celebró ningún juicio, y como órgano de apelación contra sentencias dictadas en el Juzgado de lo Penal nº 5 (por delitos menos graves) o en los juzgados especializados en Violencia sobre la Mujer (por delitos leves), dictó 17 sentencias.
De ellas, en 15 ocasiones confirmó la sentencia de instancia y en 2, la revocó.