La Audiencia de Cantabria mantiene la prisión provisional comunicada y sin fianza del funcionario de Carreteras

El tribunal desestima el recurso presentado por la defensa del funcionario, ya que existe riesgo de fuga y de ocultación y destrucción de pruebas

Santander, 20 de marzo de 2023.-

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la prisión provisional comunicada y sin fianza del funcionario autonómico investigado en la causa abierta en el Juzgado de Instrucción nº 5 de Santander.

En un auto hoy dado a conocer, los magistrados desestiman de este modo el recurso presentado por el letrado del principal investigado en la causa, quien solicitó al tribunal que dejara en libertad a su defendido.

La fiscalía y la acusación particular, que ejerce el Gobierno de Cantabria, se opusieron a esta petición, y ahora el tribunal resuelve en el mismo sentido.

Según la Audiencia de Cantabria, “pese a los avances que se han pretendido introducir en materia de cooperación internacional, siguen existiendo posibilidades de colocarse fuera de la acción de la justicia una vez traspasadas las fronteras nacionales”.

Para el tribunal, ese riesgo “no es posible conjugarlo con otras medidas, ni siquiera con la fijación de una fianza”, respondiendo de este modo al recurso de la defensa que en su escrito proponía, por ejemplo, la comparecencia periódica en el juzgado, la prohibición de salida o el establecimiento de la citada fianza.

Por otro lado, la Audiencia considera “difícil” entender la reiteración delictiva como motivo para mantener la medida de prisión, “pues no es previsible que, una vez descubierta la supuesta trama, esta vuelva a actuar”.

Finalmente, sí considera un motivo para mantener la prisión la ocultación o destrucción de pruebas “en una fase incipiente de la instrucción, como es la presente, en la que, más aún en una investigación tan compleja, puede resultar necesario completar o asegurar determinadas fuentes de prueba”.

El auto de la Audiencia es firme, ya que contra el mismo no cabe recurso alguno, “sin perjuicio de poder reproducir la petición a lo largo de la tramitación de la causa”.